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MAZATLÁN. – Mazatlán es el primer municipio de Sinaloa y de todo México en hacer reformas al Reglamento de Pensiones de la Secretaría de Seguridad Pública de Mazatlán, al modificar el artículo 107, que establece el derecho de los policías a recibir una pensión por retiro y/o jubilación, independientemente de su edad, siempre y cuando cuenten con una antigüedad laboral de veinticinco años o más. 

El regidor Martín Pérez, quien coordina la Comisión de Protección Civil, explicó que estas modificaciones representan un reconocimiento a la dedicación y servicio de aquellos agentes con una trayectoria de 25 años o más. 

«Creo que bien vale la pena que la sociedad les reconozca los 25 años de servicio. Es hacerles justicia social o laboral para los agentes de la Secretaría de Seguridad Pública, además sirve como incentivo. A nivel estado es el primer municipio que se le está haciendo al reglamento». 

Martín Pérez
Regidor

La modificación fue aprobada de manera unánime durante la Sesión Ordinaria número 46 del Cabildo Municipal. 

Foto: Rosina Grave

Las modificaciones:  

Los pensionados por retiro o jubilación recibirán incrementos salariales y prestaciones económicas en los mismos términos que los miembros activos, de acuerdo con su plaza y categoría. 

La concesión de la pensión por retiro o jubilación tendrá prioridad sobre la pensión por retiro anticipado o voluntario, en caso de que se haya solicitado ambas. 

Los servicios médicos se le seguirán otorgando, a los elementos que les sea concedida una pensión por retiro o jubilación, así como a sus beneficiarios debidamente registrados en el padrón de la Dirección de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Mazatlán, a través del Hospital Municipal Margarita Maza de Juárez o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), según corresponda el caso. 

Los elementos de la Secretaría cuyo grado sea policía operativo o policía tercero y que obtengan una pensión por retiro o jubilación después de veinticinco años o más de servicio, ascenderán al grado inmediato únicamente con ese fin y para calcular el cálculo del beneficio correspondiente. 

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Solo se podrá obtener este beneficio en los siguientes casos: 

  • No haber recibido sanciones por parte de la Comisión de Honor y Justicia o el Órgano Interno de Control del H. Ayuntamiento de Mazatlán en los últimos diez años. 
  • Haber desempeñado los 25 años o más de carrera policial en las filas de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Mazatlán. 
  • Ser policía operativo con veinticinco años o más de servicio. 
  • Ser policía tercero y no haber ascendido de grado en los últimos doce años de servicio. 

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