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Entérate de los derechos, obligaciones y sanciones que implica la ‘Ley Silla’
La “Ley Silla” obliga a empleadores a proporcionar descanso y sillas a trabajadores de pie, con sanciones por incumplimiento
MAZATLÁN (Redactado por Edith Villaseñor). De seguro ya estarás enterado de que entró en vigor la conocida “Ley Silla”, una reforma a la Ley Federal del Trabajo que obliga a los empleadores a proporcionar sillas con respaldo y permitir descansos a quienes laboran de pie por largos periodos, por lo que debes saber más sobre los derechos, obligaciones y sanciones que implica.
Aunque no fija tiempos exactos para las pausas, la medida busca prevenir daños a la salud como problemas circulatorios y musculoesqueléticos.
Las empresas tienen hasta diciembre para adaptar sus reglamentos internos y, de no cumplir, podrían enfrentar sanciones. Además, ya están disponibles mecanismos para que los trabajadores denuncien posibles violaciones.
Las autoridades laborales darán seguimiento al cumplimiento de esta norma, considerada un avance en la protección de los derechos laborales.
¿Qué es y cuándo empezó a aplicarse?
La “Ley Silla” entró en vigor este 17 de junio de 2025, tras cumplirse los 180 días desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024.
Se trata de una reforma aprobada por unanimidad en el Senado en 2024, que modifica específicamente los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo.

Principales disposiciones
- Provisión de asientos: Las empresas deben proporcionar a sus trabajadores sillas con respaldo durante la jornada laboral, tanto para su labor como para descansos.
- Ubicación adecuada: Las sillas deben estar situadas en espacios designados por la empresa, aunque no necesariamente en las zonas de atención directa.
- Prohibición de estar de pie toda la jornada: No se puede obligar a los empleados a permanecer de pie si no hay tareas activas que lo requieran.
Salud y recomendaciones
Aunque la ley no fija un tiempo mínimo de descanso, especialistas recomiendan al menos 5 minutos por hora sentados durante jornadas prolongadas para prevenir condiciones como várices, fatiga, lumbalgia y problemas circulatorios.
Estudios internacionales indican que estar más de 40 minutos seguidos de pie puede ocasionar efectos negativos en la salud.

¿A quién aplica?
- Aplica a todas las empresas del país, especialmente en los sectores de comercio y tiendas (autoservicio, departamentales, farmacias).
- Restaurantes y cadenas de comida rápida
- Call centers, seguridad privada, hotelería.
- En el sector industrial, solo aplica cuando la naturaleza del trabajo lo permita.
Plazos y obligatoriedad
- La STPS tiene un plazo de 30 días posteriores al 17 de junio para emitir la normativa técnica sobre riesgos posturales.
- Las empresas cuentan con 180 días naturales (hasta el 14 o 13 de diciembre de 2025) para adecuar sus reglamentos internos y políticas.
Sanciones por incumplimiento.
Las multas van de 250 a 2 500 UMAs, lo que corresponde aproximadamente a 28 mil a 280 mil pesos, según el nivel de infracción y reincidencia.
En casos graves, se podría llegar a la suspensión temporal de actividades.
Las denuncias pueden presentarse de forma anónima ante la STPS o PROFEDET.
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Contexto histórico y relevancia
La iniciativa surgió del Senado en septiembre de 2023, encabezada por la senadora Patricia Mercado y respaldada unánimemente en diciembre de 2024.
Hasta ahora, México presentaba un retraso de más de un siglo en comparación con otros países de Latinoamérica, como Chile (1914) o Uruguay, que establecieron regulaciones similares.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) también ha señalado que no se debe permanecer de pie más de periodos prolongados, y respalda esta reforma.
¿Qué sigue?
La STPS debe publicar normas técnicas sobre postura y riesgo laboral.
Las empresas deberán adecuar sus reglamentos internos, señalando pausas y usos del mobiliario.
Se espera que los empleadores implementen áreas de descanso adecuadas y respeten los tiempos de uso.