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MAZATLÁN.- Con el propósito de lograr garantizar una muerte digna, el Consejo de Notarios del Estado de Sinaloa llevó a cabo este viernes en Mazatlán, la segunda Jornada de Actualización Notarial 2022, en donde se analizó la legislación de la voluntad anticipada para regular la ortotonasia. 

La voluntad anticipada tuvo su primera legislación en la Ciudad de México hace ya 14 años, seguida de otras entidades del país que se sumaron, entre ellas Tlaxcala, Guanajuato y Nayarit, cuyas entidades comenzaron a darle más importancia a la decisión de las personas sobre cómo querían fallecer, de acuerdo a la ley. 

La Dr. Elena López Gavito, médico cirujano y abogada, abordó de primera mano el tema de «Voluntades anticipadas”, en la que destacó la importancia de legislar sobre este asunto en Sinaloa, entre otros puntos importantes. 

Dijo que existen países muy adelantados que lideran en materia de esta Ley de Voluntad Anticipada, como son Estados Unidos y España; en América Latina, Argentina y Chile, lo cual indicó es importante plantear en el escenario actual de la medicina, ya que existe una laguna en la legislación.  

La pregunta que se generó fue: ¿Es necesaria una Ley de Voluntades Anticipadas? Y la respuesta fue “Sí”, porque deben estar reguladas las decisiones médicas sobre el final de la vida, y aunque ya existe una normativa en cuidados paliativos, Sinaloa no cuenta con una Ley de Voluntades Anticipadas. 

Coincidieron en señalar que se requiere de un documento protocolizado, un testimonio de la voluntad del paciente.  

Indicó que es importante saber que el paciente tiene derechos como lo es recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como las alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indique o aplique (artículo 51 de la Ley General de Salud). 

En Sinaloa urge una Ley de voluntad anticipada. De esto se trata

Es muy importante decidir libremente sobre la aplicación de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos ofrecidos.  

“Se quiere de un documento protocolizado, no autorizado por la familia, sino por el paciente esto es muy importante, porque muchas veces nos damos cuenta que el familiar entorpece la decisión del paciente, cual es el objetivo de la ley, proteger la dignidad humana”, comentó López Gavito.  

¿Qué característica deberá tener la iniciativa de Ley de Voluntades Anticipadas?  

Es de orden público y de interés social. 

Establecer y regular las normas, requisitos y formas. 

Realización de la voluntad de cualquier persona con capacidad de ejercicio. 

Negativa de someterse a medios, tratamiento y o procedimientos médicos pretendan prolongar de manera innecesaria su vida. 

Ley General de Salud Vigente  

Autoriza (a solicitud expresa de) cónyuge, concubinario o concubina, descendientes, ascendientes, hermanos, adoptado o adoptante. 

Prescindir de los medios artificiales que eviten que en aquel que presenta muerte cerebral comprobada, se manifiesten los demás signos de muerte articulo 342 frac II. 

La Voluntad Anticipada 

Es un documento legal que una persona usa para dar a conocer sus deseos en cuanto a prolongar la vida y tratamiento médicos. También puede ser referido como una directiva anticipada directiva de atención médica o una directiva hacía un médico.  

¿Por qué legislar en materia de Voluntad Anticipada en las entidades federativas?  

Es una forma de garantizar el derecho a la salud es establecer la regulaciones o controles destinados a que los prestadores de servicio de salud satisfagan las condiciones necesarias de capacitación, educación, experiencia y tecnología, en donde utilicen medicamentos y equipo hospitalario científicamente aprobado y en buen estado. 

¿Se debe legislar en materia de voluntades anticipadas? La respuesta es “Sí”, para responder a una necesidad social y ética, para de una manera responsable el ejercicio de la atención médica “Éticamente aceptables y legales”. 

Por último, dio a conocer que los datos en materia de voluntades anticipadas en la Ciudad de México, el 60 por ciento de las solicitudes de voluntad anticipadas son firmadas por personas que tienen de 61 a 80 años de edad y el 64 por ciento que otorgan su voluntad anticipada son mujeres.  

Antecedentes 

La Ciudad de México fue la primera entidad de la nación en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008. Esta iniciativa ha sido aprobada en 14 estados de la República, en los cuales más de 10 mil personas han firmado el documento desde la fecha en que se estableció. 

La entidad que cuentan con esta regulación son: Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala. 

En el estado de Sinaloa, podría en los próximos meses comenzar uno de los debates más importante sobre el tema de Ley de Voluntad Anticipada, lo que estará permitiendo a una persona decidir ser sometida a tratamiento.  

Verónica Bátiz Acosta, integrante de la Comisión de Salud del Congreso Local, señaló que la actual legislatura es abierta y flexible.  

“Hemos sido una legislatura de avanzada, en la que temas como el matrimonio igualitario, temas como despenalización de aborto, han sido posibles, por qué no tener apertura para trabajar, como han trabajado 14 estado más, para poder escuchar la postura de la voluntad anticipada”, comentó. 

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