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Choferes

Para que se realicen pruebas que detecten la ingesta de bebidas alcohólicas o narcóticos de los conductores de transporte público, diputadas y diputados federales del PVEM impulsan una iniciativa para evitar accidentes automovilísticos.

El documento resalta que, ante el evidente crecimiento de accidentes viales por exceso de alcohol, se debe legislar para que haya una mayor efectividad en la seguridad de pasajeros y disminución en accidentes automovilísticos causados por su consumo.

Entre las principales causas de accidentes en carreteras mexicanas destacan las fallas mecánicas, sueño, uso del teléfono móvil, exceso de velocidad y conducir bajo la influencia del alcohol. Ésta última, puede provocar muchas situaciones lamentables, indica.

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Refiere que, de acuerdo con estadísticas del Instituto Nacional de Salud Pública, México es el séptimo país con mayor cantidad de muertos en accidentes viales. Las cifras marcan 22 decesos al día de jóvenes entre 15 y 29 años y 24 mil decesos en promedio al año, por lo que los accidentes automovilísticos constituyen la primera causa de muerte en los jóvenes mexicanos y la quinta causa de fallecimiento entre la población en general.

Por ello, la propuesta turnada a las comisiones de Movilidad y de Comunicaciones y Transportes, destaca la necesidad de establecer y aplicar límites de alcoholemia para los conductores.

La propuesta modifica diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para establecer que las personas prestadoras del servicio de transporte público deberán realizar a cada uno de sus conductores de forma aleatoria pruebas que permitan percibir la ingesta de bebidas alcohólicas o narcóticos.

Asimismo, exámenes para garantizar que se encuentran en condiciones de salud óptimas para iniciar su jornada laboral, mediante el procedimiento que determine el sistema nacional y los lineamientos específicos.

Además, estipular que la Secretaría de Salud, a través del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, tendrá la atribución de fijar el número y periodo de realización de las pruebas para identificar la ingesta de bebidas alcohólicas o narcóticos a personas conductoras de transporte particular, público, de pasajeros y de transporte de carga.

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