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MAZATLÁN. -Las malas prácticas de la quema de soca deben ser sancionadas por el nivel de contaminación que ocasionan en el ambiente y son los Comités de Quema de Soca quienes deben prevenirlo y combatirlo, explicó la secretaria de Bienestar y Desarrollo Sustentable, María Inés Pérez Corral.  

Mencionó que es necesario que se aplique la Ley a quienes lo practican, pues es urgente que tanto las autoridades como los agricultores tomen acciones. El número de incendios agrícolas por quema de soca sube y, con ello, se daña de forma irreparable al medio ambiente, incluso, se pone en riesgo la vida de muchos al salirse de control. 

“Es urgente este llamado. Son los municipios los que deben de sancionar a quien quema la soca, pero cada una de las dependencias y ciudadanos debemos de apoyar en la denuncia; no permitir que se siga impune este daño a la naturaleza por una tradición que está comprobado que no beneficia en nada”, comentó. 

Pérez Corral señaló que las sanciones por este delito van desde económicas hasta años de cárcel. Desde agosto del 2020, el Congreso del Estado realizó reformas a delitos ambientales para penalizar la quema de soca en Sinaloa, que van desde 500 a tres mil salarios mínimos y de uno a siete años de cárcel.   

“No tenemos una explicación científica que nos diga que estas quemas de soca son realmente buenas; es decir, no existe una justificación real que sostenga que la práctica de quemar soca sea algo benéfico. Al contrario, afecta demasiado al medio ambiente, pone en peligro a la flora, fauna y al aire que todos respiramos”, dijo.  

En un registro de la Sebides en el satélite, detectaron que en los 18 municipios se presenta esta mala práctica, municipios como Culiacán, Angostura y Ahome han presentado más de 10 quemas de soca al mismo tiempo.  

Las multas por la quema de soca se publicaron el 14 de agosto de 2020 en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, en el Decreto Número 470, expedido el 2 de julio del presente año, el cual fue firmado por la presidenta de la Mesa Directiva y por las secretarías. 

En el Decreto Número 470 se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable, ambas del Estado de Sinaloa. Estas reformas entran en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial. 

La práctica de la quema de soca, principalmente del maíz, es una acción que se realiza desde hace mucho tiempo con la justificación del ahorro de combustible, pero quienes llevan a cabo estas acciones no toman en cuenta el nitrógeno que se libera a la atmósfera, afectando así al ambiente, además de reducir la calidad del suelo.

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