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¿Tienes 25 años y quieres gobernar Sinaloa? Ya lo puedes hacer

MAZATLÁN. – El momento de los jóvenes ha llegado, el Congreso del Estado aprobó que toda aquella persona a partir de los 25 años de edad podrá tener acceso a participar en candidaturas de elección popular y cargos públicos, sí, podrás ser gobernador o gobernadora de Sinaloa.

Fueron las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y de Juventud y el Deporte las que aprobaron el dictamen que garantiza el acceso de jóvenes a candidaturas a cargos de elección popular y a cargos públicos también abonan a la lucha emprendida por las mujeres, con reformas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia en contra de ellas. 

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El dictamen retoma cinco iniciativas de ley, todas con el objeto de reformar diversos artículos y establecer adiciones a la Constitución Política de Sinaloa. Entre los artículos que se reforman están el 12, relativo a los derechos o prerrogativas del ciudadano sinaloense, y en donde se precisa que estas se pueden suspender. 

Fue el pasado 5 de junio que el gobernador Rubén Rocha Moya dio a conocer esta nueva iniciativa, ahora encaminada a los millennials y centennials, a quienes se refirió con la edad idónea para iniciar con sus carreras políticas o como funcionarios públicos.  

La idea es reducir la edad mínima para gobernador y secretarios de gabinete, de 30 a 25 años; mientras que, para diputados locales, a la edad mínima de 18 años.   

Entre las fracciones se adicionará lo siguiente:  

-VII: Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo sicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos. 

-Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa. 

-En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para acceder a cualquier cargo de elección popular ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público. 

-Con las reformas aprobadas a la Constitución local también se modifican los artículos 25, 56, 66 y 77. 

-Con la reforma al artículo 67, que estaba redactado con lenguaje masculino, ahora la redacción es incluyente y queda de la siguiente manera: 

-67: para ser titular de una Secretaría o Subsecretaría del Poder Ejecutivo del Estado se requerirá ser ciudadana o ciudadano mexicano en el ejercicio de sus derechos, poseer la capacidad necesaria a juicio del Gobernador del Estado y tener 25 años cumplidos (era de 30 años). 

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