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Declaración de impuestos

Este miércoles 1 de marzo inicia la temporada para que las empresas o personas morales presenten su declaración de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

Tienen como plazo límite hasta el 31 de marzo para presentar su declaración y el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los ingresos obtenidos el año pasado.

A pesar de que en marzo toca a las empresas rendir cuentas ante el fisco, las que ya están listas lo pueden hacer incluso en enero o febrero de manera anticipada.

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Pero para que declaren en tiempo y forma el plazo legal es hasta el 31 de marzo de cada año.

Sin embargo, en esta ocasión, la declaración trae algunas novedades que sorprendieron a las personas morales y tuvieron que estudiar los cambios para poder cumplir.

A principios de año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el aplicativo para el llenado de la declaración anual 2022 para las personas morales.

Habrá cambios para la declaración

Entre los cambios más importantes, se les pide indicar si están obligados o será optativo presentar el dictamen de estados financieros o bien presentar la información sobre la situación fiscal del contribuyente conocido como Issif.

Si responde que no, tendrá que llenar algunos datos en relación a los ingresos acumulables y deducciones autorizadas en el apartado «Estados Financieros».

Tendrá que poner información comparativa con el ejercicio fiscal 2021 en los subapartados respecto a la situación financiera, resultados, el flujo de efectivo, cambios en el capital contable y conciliación.

Esto es novedoso, ya que en la versión pasada sólo se solicitaba poner información sobre el ejercicio en curso.

Pero si el contribuyente persona moral responde que presentará el dictamen de los estados financieros, no aparecerán los apartados.

En lo referente a la conciliación contable fiscal, se solicita que la empresa ponga información más detallada.

Deben poner los detalles de los ingresos exentos y no acumulables; además hay nuevos conceptos en los ingresos acumulables que es obligatorio desglosar.

En deducciones autorizadas se agregan nuevos conceptos que tendrán que desmenuzar como importes pagados a personas físicas o si tributan en el nuevo régimen simplificado de confianza, conocido como Resico, para pequeños contribuyentes.

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