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PARTIDOS CANDIDATOS DOBLES

MAZATLÁN.- Partidos políticos, alianzas y coaliciones tienen hasta 72 horas para cambiar las listas de sus candidatos “dobles”, es decir, aquellos que registraron candidatos por la Alcaldía de algún municipio en Sinaloa y que además están en la lista de regidores plurinominales.  

Esto lo informó el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa en cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, en el recurso de revisión tramitado bajo el expediente TESIN-REV-03 y 04/2024 acumulados, con respecto al registro simultáneo de candidaturas para el Proceso Electoral Local 2023-2024. 

¿Qué comunica el IEES a partidos con candidatos «dobles»?

En su comunicado, que emitió el IESS luego de una sesión extraordinaria del 19 de abril, expresa lo siguiente:

“El Consejo General otorga un plazo de 72 horas  a partir de la notificación del presente acuerdo… para que realicen la sustitución de sus candidaturas a las Presidencias Municipales que aparezcan registradas de manera simultánea».

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El emplazamiento va dirigido a los partidos políticos, coalición y candidatos por la vía independiente que postularon candidaturas para la Presidencia Municipal, Sindicaturas en Procuración, Regidurías por el sistema de Mayoría Relativa y Regidurías por el principio de Representación Proporcional.  

El IEES aclaró que la persona candidata solo podrá registrarse en uno de los cargos, pero no en ambos y ojo, esta sustitución deberá atenderse según la paridad de género, y las acciones afirmativas en materia de postulaciones indígenas y de fórmulas de la juventud.  

Esta modificación del acuerdo IEES/G018/24 relativo a la consulta realizada por el PRI, en relación con el registro simultáneo de candidaturas, así como el primer párrafo del considerando 27 del acuerdo IEES/CG023/24.

Por tal motivo se expide el Lineamiento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elección popular para el Proceso Electoral 2023-2024.  

La modificación del artículo 8 del Lineamiento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elección popular para el Proceso Electoral 2023-2024 quedó así:  

“A ninguna persona se le podrá registrar a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral, excepto las diputaciones según se señala en el artículo 73 del presente lineamiento”. 

El IEES recordó que, si tras vencer el plazo insisten en la duplicidad, se les cancelará el registro de la persona postulada en la lista de representación proporcional, se realizará el corrimiento de las fórmulas subsecuentes, garantizando así la alternancia de género. 

Fue el pasado 18 de abril que el Tribunal emitió esta sentencia hacia el órgano electoral de Sinaloa, lo que ocasionó que los partidos políticos que cuentan con duplicidad señalaran como injusta la acción. 

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