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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) podrá reanudar sus operaciones con cierta normalidad, incluso con solo cuatro miembros en funciones, mientras el Senado resuelve el nombramiento de los tres comisionados vacantes. 

En una sesión realizada este miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó una suspensión a favor del organismo autónomo, permitiéndole llevar a cabo sesiones ordinarias, a pesar de no contar con el número mínimo de comisionados requeridos, situación que ha durado casi cinco meses. 

Esta cuestión había sido abordada previamente en abril por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien inicialmente rechazó tramitar la controversia constitucional presentada por el INAI. Sin embargo, el organismo apeló este fallo, y la mayoría de la Sala encontró mérito en la reclamación. 

Bajo la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, se planteó otorgar la suspensión solicitada por el INAI para superar temporalmente las restricciones del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que exige un mínimo de cinco comisionados para llevar a cabo sesiones. 

La propuesta recibió el apoyo de los ministros Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán. La ministra Yasmín Esquivel votó en contra, y Loretta Ortiz Ahlf no participó en la sesión. 

Esta decisión se suma al fallo favorable previo que el INAI recibió en junio, cuando el Pleno de la Corte consideró que el Senado fue omiso en el nombramiento de los tres comisionados faltantes, dos de los cuales estaban vacantes desde abril de 2022. 

Estaba sin sesiones extraordinarias

La falta de nombramientos llevó al INAI a una parcial inoperatividad, ya que no podía llevar a cabo sesiones ordinarias. Esto resultó en la acumulación de más de 8 mil 200 recursos de reclamación de ciudadanos, según indicó la comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena. 

Aunque se ha señalado a la Cámara Alta por su falta de acción, las implicaciones de esta sentencia aún no se conocen en su totalidad. A pesar de que la SCJN retomó actividades el 1 de agosto, no ha analizado completamente el asunto debido al período vacacional. 

Las propuestas están bajo la responsabilidad del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá y, una vez que sean discutidas, podrían tener impacto en la sentencia emitida por la Segunda Sala, dejándola inoperante a través de la decisión del Pleno. 

Por ahora, el fallo de este miércoles permite al INAI recuperar parcialmente sus actividades, otorgando a la comisionada presidenta el voto de calidad en caso de votaciones divididas. 

Tras este fallo, el INAI elogió la decisión de la Segunda Sala y reconoció su compromiso con la defensa de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales. 

En un comunicado, el organismo resaltó que este fallo demuestra la importancia de los equilibrios de poder en el país y la vigencia del Estado de Derecho, donde prevalece el respeto a la Constitución y los derechos humanos. 

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