contacto@punto.mx

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados encendió el debate nacional al aprobar, con 324 votos a favor y 129 en contra, penas de uno a ocho años de prisión, además de multas que podrían superar los 226 mil pesos, para quien fabrique o venda cigarrillos electrónicos o vapeadores en México.

La reforma a la Ley General de Salud redefine estos dispositivos como sistemas capaces de calentar o vaporizar sustancias tóxicas, con o sin nicotina, y determina una prohibición total en todo el país, desde producirlos y almacenarlos hasta transportarlos, importarlos o comercializarlos.

También veta cualquier tipo de publicidad en medios impresos, digitales, radio o televisión.

El artículo 282 Quater lo deja claro, al estipular que los vapeadores quedan fuera de circulación.

Cambios en el Fondo de Salud para el Bienestar

Pero eso no fue todo. La reforma también eliminó los porcentajes que cada año se destinaban al Fondo de Salud para el Bienestar desde el presupuesto del IMSS-Bienestar.

Antes, el 8% iba a enfermedades de alto costo, el 2% a infraestructura en zonas marginadas y el 1% al abasto de medicamentos y estudios clínicos para personas sin seguridad social.

Compra de medicamentos

Además, la Cámara ajustó las reglas de la compra consolidada de medicamentos: ahora, las empresas que participen deberán contar con laboratorios o instalaciones productivas dentro del país, o demostrar que están en proceso de instalarlos.

El objetivo, según el dictamen, es fortalecer la cadena nacional de insumos médicos y garantizar que México tenga capacidad propia para abastecerse.

Con estas decisiones, el Congreso redibuja el mapa sanitario y regulatorio del país y lanza un mensaje contundente en torno a los vapeadores: tolerancia cero.

Descarga gratis nuestra App

Download on the App Store    Disponible en Google Play