Sinaloa
La protección de animales y la prohibición de su maltrato serán Ley en Sinaloa
El Congreso del Estado reforma a la Constitución Política del Estado de Sinaloa e incorpora la protección de animales y prohíbe el maltrato
MAZATLÁN.- En Sinaloa ya será Ley la protección de animales y la prohibición de su maltrato; el congreso del Estado declaró formal y constitucionalmente la reforma a la Constitución Política del Estado que lo avala.
Tras obtener el voto a favor de 17 Ayuntamientos de los 20, desde el Congreso, con esta reforma, se establece la obligación del Estado de garantizar su cuidado y bienestar.
De ahí surgió el Decreto 208 por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 91 y se adiciona un tercer párrafo a la fracción III del artículo 4 Bis de la Constitución local.
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Los Ayuntamientos de Badiraguato, Concordia, Choix, Culiacán, Cosalá, El Fuerte, Escuinapa, Juan José Ríos, Mazatlán, Mocorito, San Ignacio, Salvador Alvarado, Sinaloa, Navolato, Rosario, Guasave y Elota aprobaron dicha reforma dentro del plazo de Ley.
El Congreso del Estado informó que los Ayuntamientos restantes, si bien no han remitido su voto a la fecha, se tienen las aprobaciones suficientes consistentes en más de las dos terceras partes de los Ayuntamientos del estado de Sinaloa para emitir la declaratoria correspondiente.
En términos de las normas constitucionales y legales, se computan como aprobatorios, para efectos de la presente declaratoria, no obstante, de que en forma posterior pueden hacer llegar la documentación que acredite su aprobación correspondiente.
La reforma, que fue aprobada el 29 de julio por el Pleno del Congreso, igual que todas las de su tipo requieren la aprobación de por lo menos las dos terceras partes de los Ayuntamientos para que puedan considerarse formal y constitucionalmente incorporada al texto de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
Integra reforma cuatro iniciativas diferentes
La reforma incluye propuestas de cuatro iniciativas presentadas por diferentes diputados y diputadas durante las 64 y 65 Legislaturas del Congreso estatal y modifica los artículos 4 Bis B y 91 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
En el primer caso, se adiciona un tercer párrafo a la fracción tres, que establece que queda prohibido el maltrato a los animales y que el Estado garantizará su protección, trato adecuado, conservación y cuidado en los términos que señale la ley.
La modificación al artículo 91 incorpora la protección de los animales como tema obligatorio en los planes y programas de estudio de todos los niveles educativos del estado, junto con otros temas como derechos humanos, seguridad pública y preservación del medio ambiente.
Además, la reforma se alinea con las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobadas en noviembre de 2024 y publicadas en diciembre del mismo año, que incorporaron la protección animal en los artículos 3, 4 y 73 de la Carta Magna federal.
Con esta modificación, Sinaloa se suma a las entidades federativas que han elevado a rango constitucional la protección de los animales, fortaleciendo el marco jurídico existente que incluía ya la Ley de Protección a los Animales y la tipificación del maltrato animal como delito en el Código Penal estatal.